martes, 25 de marzo de 2014

CURATELA

CURATELA


Fue una figura jurídica semejante a la del tutor pero fue creada para que el curador administrara los bienes de la personas con problemas mentales, de los pródigos,  o disipadores, de los menores de 25 años, cuando no era capaz.
Nombrado por el Magistrado. 

LA TUTELA

LA TUTELA


En Roma fue una figura jurídica que consistía en nombrar a un tutor con el fin de que administrara los bienes de las mujeres y los impúberes.
Habían tres clases de tutela:

1.     TESTAMENTARIA: Cuando el padre en su testamento definía que persona sería asignada como tutor.

2.        DATIVA: Cuando los parientes del pupilo solicitaban que le nombraran un tutor.

3.        LEGITIMA: Cuando se asignaba al agnado más cercano al pupilo como tutor.

ADOPCIÓN

ADOPCIÓN



En Roma existía la figura de adopción, consistía en recibir a una persona en la familia con un fin especial, era mantener la religión y el culto. Al ingresar nacía para el adoptado la patria potestad en cabeza del padre.

 

CONCUBINATUS

CONCUBINATUS: Era la unión permanente de hecho entre un hombre y una mujer con fines netamente sexuales. Esto le generaba unos derechos.
Los hijos de esta unión fueron denominados SUI JURIS y pasaban a pertenecer a la familia de la madre y para el padre no existía patria potestad.


CONTUBERNIUM: Esta unión era para fines sexuales entre esclavos o entre esclavos y personas libres.





jueves, 6 de marzo de 2014

FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD

1.   MATRIMONIO
2.   LEGITIMACIÓN
3.   ADOPCIÓN


MATRIMONIO: En Roma era un concepto elevado idealista y semireligioso del vinculo matrimonial.
El matrimonio era un concepto divino y humano, pero no perduró este concepto idealista y nació un nuevo concepto realista y puramente humano de la unión conyugal.

La confanrranchio era la ceremonia religiosa del matrimonio, donde se sacrificaba una res y se repartía harina mediante un pastel.

Efectos del matrimonio:

1.  Respeto de los cónyuges

Disolución del matrimonio

1.  Muerte de uno de los cónyuges
2.  Perdida de la libertad
3.  Perdida de la ciudadanía
4.  divorcio

El matrimonio de los no ciudadanos romanos llevaba el nombre de concubinato o contubernio.

POTESTADES

1.  LA PATRIA POTESTAD
2.  EL MANUS EN EL MATRIMONIO
3.  EMANCIPUM

LA PATRIA POTESTAD: El paterfamilia ejercía la patria potestad, era el derecho que tenía el jefe de familia sobre las personas, sobre los bienes y los ritos religiosos.
Los agnados eran personas sometidas a la potestad del jefe de familia. Era un vinculo netamente civil de parentesco.
Cognadors: Eran parientes de consanguinidad.

EL MANUS EN EL MATRIMONIO: Poder que tenía el esposo sobre la esposa.

MANCIPUM: Hijo respecto del padre (hijo que depende del padre)

RÉGIMEN DE LAS PERSONAS

Roma tenía tres estados:
1.   Libertatis
2.   Ciudadanía
3.   Familia


LIBERTATIS

El libre era libre y el que era esclavo no era libre.

CIUIDADANIA

Podía elegir y ser elegido, podía ejercer cargos públicos, podía ser magistrado, podía contraer matrimonio, podía realizar negocios jurídicos.
Los clientes eran personas protegidas por los patricios.

FAMILIA

Era ese derecho de pertenecer a una familia. Esta suijuris que no están sujetas a otra persona. Alienjuris que están sometidos a potestad ajena.